Revista CZ - page 40

Formación
Evaluación y acreditación de competencias profesionales
sional, entre los que se encuentran los procesos de
acreditación de las competencias a través de la
experiencia laboral.
El establecimiento y la coordinación de los proce-
sos de evaluación corresponden al Gobierno, previa
consulta al Consejo General de Formación Profesional,
sin perjuicio de las competencias atribuidas a las
Comunidades Autónomas, que son quienes promue-
ven las convocatorias del reconocimiento de las
competencias adquiridas.
Proceso de reconocimiento
El procedimiento de Evaluación y Acreditación
de Competencias Profesionales posibilita que las
personas certifiquen sus aprendizajes de un modo
personalizado y flexible que facilite la progresión
profesional de las personas. Dicho proceso viene
regulado a través del RD 1224/2009 de 17 de julio,
de Reconocimiento de las competencias profesiona-
les adquiridas por experiencia laboral.
Requisitos
Los requisitos necesarios para participar en el
proceso son:
Tener la
nacionalidad española
, certificado de
residente comunitario, la tarjeta de familiar de ciuda-
dano de la Unión Europea, o ser titular de una
autorización de residencia y trabajo en España en
vigor.
Además, en función del nivel de las unidades
de competencia que quieran acreditarse deberán
cumplirse los siguientes requisitos:
Tener 18 años cumplidos al realizar la inscrip-
ción si es para unidades de competencia de una
cualificación profesional de nivel I.
Tener 20 años cumplidos al realizar la inscrip-
ción si es para unidades de competencia de
cualificaciones profesionales de nivel II y III.
Por último, además de lo señalado anteriormente
se ha de cumplir uno de estos dos requisitos:
Experiencia laboral
(adquirida en los últimos 10
años) relacionada con las competencias que el
candidato quiera acreditar de:
2 años (1200 horas mínimas trabajadas) para
cualificaciones de nivel I.
3 años (2000 horas mínimas trabajadas) para
cualificaciones de nivel II y III.
Formación
(realizada en los últimos 10 años)
relacionada con las competencias que el candidato
quiera acreditar:
200 horas para cualificaciones de nivel I.
300 horas para cualificaciones de nivel II y III.
En el sistema educativo español, las cualifica-
ciones de nivel I son las contenidas en los Programas
de Cualificación Profesional Inicial (PCPI), que con
el cambio normativo de la LOMCE ha pasado a
llamarse Formación Profesional Básica; las de nivel
II son las incluidas en los ciclos de Grado Medio de
Formación Profesional; y las de nivel III son las propias
de los ciclos de Grado Superior de Formación
Profesional.
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Nº 71 - Enero / Marzo 2017
Inscripció
n
Vías de acceso: Experiencia laboral y/o vías no
formales de formación
Asesoramiento Evaluación Acreditación
Registro
Informe positivo
Competencia demostrada
Informe negativo
No tiene caracter vinculante
Incluirá la formación complementaria
a realizar para la adquisición de la
competencia profesional y los centros
donde adquirirla
Competencia no demostrada
1...,30,31,32,33,34,35,36,37,38,39 41,42,43,44,45,46,47,48,49,50,...76
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