Revista CZ - page 41

Formación
Bonificación de la formación programada por las empresas
el ámbito laboral recogida en el RD 4/2015 del 4 de
marzo y en su posterior desarrollo en la Ley 30/2015
de 9 de septiembre, manifiesta dentro de su exposi-
ción de motivos la necesidad de atender los
requerimientos del inestable mercado laboral actual,
a través de una mayor y mejor cualificación profe-
sional de los trabajadores. De este modo se señala la
formación profesional como uno de los ejes funda-
mentales de la recuperación económica del país.
En cuanto a la formación profesional continua
para trabajadores por cuenta ajena, desde el año 2004
las empresas cuentan con un recurso económico
denominado “crédito para la formación” del que
pueden disponer para financiar sus acciones forma-
tivas y que se hace efectivo mediante la aplicación
de bonificaciones en sus cuotas a la Seguridad
Social. De esta manera, el sistema ofrece a las empre-
sas la oportunidad de recuperar parte de la cotización
a la Seguridad Social, en concepto de formación profe-
sional, del año anterior a la realización del curso.
La vigente normativa, señalada en párrafos
anteriores, cambia la denominación de “formación
de demanda” por “formación programada por las
empresas”. A partir de ahí, se identifican los siguien-
tes puntos para el conocimiento de esta iniciativa de
formación profesional para el empleo:
Participación de los
trabajadores por cuenta
ajena
, incluidos los fijos discontinuos en los
periodos de no ocupación. La normativa
contempla la continuidad en su formación de
los trabajadores que durante su participación
en la misma pasen a situación de desempleo,
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Nº 67 - Enero / Marzo 2016
La formación desarrollada por Centro
Zaragoza, tanto presencial como on-line,
cumple los requisitos necesarios para que
las empresas puedan aplicar su crédito
formativo.
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