Manual de características técnicas de los vehículos de movilidad personal VMP

5 de abril de 2023

El pasado 21 de enero se publicó en el BOE la resolución por la que se aprobaba el Manual de características de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que recoge las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder ser certificados para su uso. A partir del 22 de enero del 2024, los vehículos VMP que no cuenten con esta certificación no podrán ser comercializados en España.

En el siguiente artículo resumimos los principales puntos a destacar de la mencionada resolución.

La movilidad en las ciudades ha cambiado drásticamente con la llegado de los VMP, cuyo uso se ha ido incrementado exponencialmente en los últimos cuatro años. Se estima que, aproximadamente, un total de 1 millón de VMPs circulan diariamente por nuestras vías urbanas.

De acuerdo con los datos proporcionados por la DGT, en el año 2020 un total de 8 personas fueron víctimas mortales como usuarios de un VMP, así como 1.194 resultaron heridos derivados del uso de estos vehículos.

Con objeto de garantizar la seguridad de los conductores y ciudadanos y reducir los daños derivados de un uso incorrecto de este tipo de vehículos, la Dirección General de Tráfico ha aprobado la resolución del Manual de características técnicas de los VMP, que busca, además, que estos vehículos cuenten con unas garantías de calidad y seguridad óptimas, al igual que el resto de los vehículos que circulan por las vías.

¿Qué se considera un VMP?

El Real Decreto RD 970/2020 aprobado el pasado 10 de noviembre de 2020 estableció la definición de Vehículo de Movilidad Personal (VMP) modificando el anterior reglamento en vigor (RD 1428/2003). De acuerdo con el citado texto, se establece que un VMP es un vehículo que consta de una o más ruedas, con una única plaza (asiento o sillín), propulsado con un motor eléctrico, cuya velocidad por diseño debe estar comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Estos vehículos pueden estar equipados con baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada. Se excluyen los juguetes y los vehículos destinados a personas con movilidad reducida de esta definición.

Características técnicas exigibles

En la mencionada resolución se establen las características técnicas para la certificación de los VMP destinados no solamente a la movilidad de personas, sino también de mercancías u otros servicios.

A continuación, se detallan algunos puntos destacados del manual de características de estos vehículos, tanto para el transporte de personas como de mercancías:

VMP para personas:

1) Velocidad máxima: para garantizar la velocidad máxima de diseño (25 km/h) el VMP dispondrá de un sistema que limite la velocidad y la potencia máxima de propulsión.

2) Sistema de frenos: deberá constar de dos frenos independiente, capaces de proporcionar una desaceleración máxima de 3,5 m/s2.

3) Indicador de velocidad y estado de la batería: a través de una pantalla, indicador LED u otro dispositivo, el conductor del VMP debe visualizar, de manera sencilla y sin alterar su posición, su velocidad instantánea de circulación y el estado de carga de la batería.

La resolución no solo regula las características mínimas para certificar los VMP para el transporte de personas, también lo hace para los que se destinen al transporte de mercancías y de otros servicios.

4) Señalización:  con el objetivo de que estos vehículos sean visibles en todas las circunstancias, deberán contar con luces traseras de color rojo, frontales blancas y laterales de color blanco o amarillo auto. Deberá contar con luces de freno para indicar la reducción de velocidad.    

5) Avisador acústico: que permita alertar a otros usuarios de la presencia de un VMP circulando por la vía.

6) Sistema para estabilizar el aparcamiento: Los vehículos con menos de 3 ruedas deberán disponer de una “pata de cabra lateral” o un caballete central que permitan a estos vehículos estar aparcados de manera ordenada en la vía, sin invadir otras zonas de tránsito.

7) Neumáticos: El mencionado reglamento también establece los requisitos que han de cumplir los neumáticos empleados en los VMP. Quedan prohibidos los neumáticos lisos, debido a los riesgos que conlleva su uso en pavimentos deslizantes. Deberán ser fabricados con una superficie rugosa que garantice la adherencia. El diámetro mínimo de la rueda será de 203,2 mm (8’’)

8) Plegado seguro:   Los vehículos que incorporen de un sistema de plegado deben disponer de un sistema de cierre combinado, con un mínimo de dos niveles de seguridad independientes. De esta manera se garantiza que no se puedan desplegar involuntariamente durante su desplazamiento, evitando así potenciales daños a otras personas.

VMP para mercancías:

Además de los anteriores puntos destinados a la movilidad de personas, en el caso de los VMP destinados a la movilidad de mercancías u otros servicios, se han de tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1)  Avisador de marcha atrás: deberán incluir un modo de funcionamiento del vehículo en sentido marcha atrás, para facilitar este tipo de maniobra.

2) Reflectantes laterales: Deberán incluir reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga.

3) Retrovisores e intermitentes: Los VMP de mercancías y servicios deberán incluir los dos retrovisores (izquierdo y derecho). Además, contarán con luces intermitentes delanteras y traseras para advertir al resto de usuarios de la intención de realizar una maniobra de giro.

Los vehículos de más de dos ruedas deberán contar con un freno de estacionamiento.

Identificación y Certificación

Al igual que ocurre con el resto de los vehículos que circulan por la carretera, el nuevo reglamento establece la información mínima que se ha de poner a disposición de los usuarios y que permita identificar al VMP.

Deberá ubicarse de manera legible y en un lugar accesible la siguiente información del VMP:

  • Velocidad máxima.
  • Número de serie o identificación.
  • Número de certificado.
  • Año de construcción.
  • Marca y modelo.

El proceso de certificación de VMP permite que el fabricante obtenga un número de certificado que garantice que el modelo de vehículo cumple con los requisitos para poder acogerse a esta categoría de vehículos. Los ensayos necesarios para este proceso de certificación de VMP se realizarán en un laboratorio autorizado, designado como organismo competente por parte de la Subdirección General de Gestión de la Movilidad y Tecnología de la DGT.

Entrada en vigor

La entrada en vigor del reglamento será el 22 de enero del 2024. No obstante, se establece un régimen transitorio que permite la adaptación de los modelos en circulación, así como una fecha límite para la circulación de VMPs que no cuenten con la certificación.

A partir del 22 de enero de 2027 no podrá circular ningún VMP que no cuente con la certificación emitida por una entidad competente, que acredite que cumple con los requisitos mínimos establecidos.

El creciente número de VMPs, en especial para el desplazamiento de personas, que han aparecido en las vías urbanas en los últimos años, ha hecho necesaria la aprobación de este reglamento. A través de él, los vehículos que se pongan a la venta tendrán certificada una calidad mínima que garantice la seguridad de sus conductores y de otros usuarios de la vía.

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