Entrada en vigor de los EDR Event Data Recorder

16 de febrero de 2022

La introducción de los registradores de datos de incidencias (EDR) que almacenan una variedad de datos anonimizados del vehículo durante un breve período de tiempo antes, durante e inmediatamente después de la colisión, es un paso muy valioso para obtener datos más precisos y detallados de los accidentes, sin la posibilidad de identificar al propietario o titular de un vehículo particular. Esta información permitirá realizar un análisis de la Seguridad Vial y así evaluar la eficacia de distintas medidas y sistemas.

En 2019, la Comisión Europea y el Consejo Europeo aprobaron conjuntamente una regulación que requerirá nuevas medidas de seguridad en los vehículos a motor a partir de julio de 2022, incluyendo la instalación de los dispositivos llamados “Event Data Recorder” (EDR).

Un Event Data Recorder (EDR) o registrador de datos de incidencias es un sistema que tiene el único propósito de registrar y almacenar información y parámetros críticos relacionados con una colisión, poco antes de producirse, en el transcurso de la misma e inmediatamente después de ésta.

Los EDR deberán cumplir en particular los siguientes requisitos:

  • Entre los datos que deben ser capaces de registrar y almacenar un período corto antes, durante, e inmediatamente después de la colisión, se encuentran la velocidad del vehículo, las acciones de frenado, la posición e inclinación del vehículo sobre la carretera, el estado y la velocidad de activación de todos los sistemas de seguridad, la activación del sistema eCall basado en el 112, y otros parámetros de entrada relevantes de los sistemas de seguridad activa y prevención de accidentes on-board, con un alto nivel de precisión y garantizando la grabación segura de los datos.
  • No podrán desactivarse.
  • La forma en la que ellos sean capaces de registrar y almacenar datos debe ser tal que:
    • Operan en un sistema de circuito cerrado.
    • Los datos que recopilan son anonimizados y están protegidos contra manipulación y uso incorrecto.
    • Los datos que recopilan permiten precisar el tipo, variante y versión del vehículo y, en particular, los sistemas de seguridad activa y los sistemas para evitar accidentes que están instalados en el vehículo, para ser identificados.
  • Los datos que son capaces de registrar pueden ponerse a disposición de las autoridades nacionales siguiendo la ley establecida, solamente con el propósito de la investigación y análisis de accidentes, incluso a los efectos de la homologación de los sistemas y componentes según el Reglamento (EU) 2016/679.

Los EDR no podrán grabar ni almacenar los últimos cuatro dígitos del número de identificación del vehículo VIN o cualquier otra información que permita la identificación del propio vehículo, o su propietario o titular. Cumpliendo los requisitos de la legislación nacional o regional en materia de privacidad, protección de datos y tratamiento de datos personales.

El Reglamento Europeo (EU) 2019/2144 estipula que a partir de julio de 2022 los EDR serán inicialmente obligatorios para los vehículos de las clases M1 y N1 (M1: Vehículos destinados al transporte de personas que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas sentadas como máximo; N1: Vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo inferior a las 3,5 toneladas).

El calendario de aplicación es el siguiente:

 M1/N11M2/N22, M3/N3
Fecha a partir de la cual se deniega la homologación de tipo UE si no lleva EDR6 de Julio de 20227 de Enero de 2026
Fecha para la prohibición de la matriculación de vehículos, así como la introducción en el mercado y puesta en servicio de componentes y unidades técnicas independientes que no dispongan de EDR7 de Julio de 20247 de Enero de 2029

1 M1: Vehículos destinados al transporte de personas que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas sentadas como máximo. N1: Vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo inferior a las 3,5 toneladas.

2 M2: Vehículos destinados al transporte y personas que tengan, además del asiento del conductor, más de ocho plazas sentadas y que tengan un peso máximo que no supere las 5 toneladas. N2: Vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo superior a 3,5 toneladas pero inferior a 12 toneladas.

3 M3: Vehículos destinados al transporte de personas que tengan, además del asiento del conductor, más de ocho plazas sentadas y que tengan un peso máximo que supere las 5 toneladas. N3: Vehículos destinados al transporte de mercancías con un peso máximo superior a 12 toneladas.

El 30 de septiembre entró en vigor el reglamento R 160 de las Naciones Unidas, cuyo objetivo es establecer las prescripciones uniformes sobre la homologación de los vehículos de motor de las categorías M1 y N1, en lo que respecta a su registrador de datos de eventos (EDR, Event Dat Recorder). Dichas prescripciones se refieren a la recogida, al almacenamiento y la supervivencia mínimos de los datos de eventos de accidente de tráfico. El objetivo de estas prescripciones es garantizar que los EDR registren, de manera fácilmente utilizable, datos valiosos para investigar eficazmente los accidentes y analizar el rendimiento de los equipos de seguridad (por ejemplo, los sistemas avanzados de retención). Estos datos ayudarán a comprender mejor las circunstancias en las que se producen los accidentes y las lesiones y facilitarán el desarrollo de diseños de vehículos más seguros.

Todo vehículo equipado con un EDR deberá registrar los elementos de datos señalados como obligatorios, así como los requeridos en las condiciones mínimas especificadas durante el intervalo/tiempo y la velocidad de muestreo establecidas en el Reglamento R160.

Si bien la obligatoriedad de que los fabricantes proporcionen la información requerida en lo concerniente a los distintos parámetros que quedan recogidos en un accidente de tráfico, no se espera que entre en vigor en Europa hasta el próximo año 2022, actualmente resulta posible la recuperación de dichos datos en algunos modelos.

Centro Zaragoza lleva varios años extrayendo datos de vehículos relevantes para el esclarecimiento de las circunstancias que se dieron durante un siniestro. En estos momentos, existen diferentes vías para acometer la extracción de dichos datos, entre las que figuran:

Extracción mediante la herramienta Bosch CDR900

Centro Zaragoza cuenta con esta herramienta de extracción, la más actual de las disponibles en el mercado de la firma Bosch, siendo una de las de mayor capacidad de lectura en cuanto al número de vehículos de los que puede extraer datos.

Esta herramienta permite la extracción de datos a través del puerto OBDII del vehículo, generando un informe en el que pueden verse los principales parámetros que afectaron al desarrollo del accidente.

Además, esta herramienta también permite la extracción de datos directamente de la unidad electrónica en la que estén almacenados (normalmente en la de control de airbags), de tal forma que ni siquiera es necesario disponer del vehículo en su totalidad para determinar los datos oportunos, pudiendo hacerse una lectura en laboratorio.

Extracción mediante aplicaciones

En el mercado, existen algunas aplicaciones directas para móviles que permiten la extracción de los datos a través del puerto OBDII. Centro Zaragoza cuenta con alguna de contrastada utilidad.

Dichas aplicaciones realizan la lectura y posteriormente, son enviadas a un servidor externo, donde se produce la interpretación y realización del correspondiente informe.

Extracción mediante equipos de diagnosis

Centro Zaragoza cuenta con herramientas de diagnosis que permiten obtener datos no sólo de averías en el vehículo siniestrado, sino también de parámetros relacionados con el accidente asociados a dichas averías. En algunos modelos incluso se obtienen datos específicos relacionados con el accidente.

Extracción sobre otros módulos

Algunas otras herramientas descargan datos relativos al siniestro de otros módulos no relacionados directamente con las unidades de control, como pueden ser módulo de infotainment, navegador, etc.

En resumen, existen diversos métodos que permiten actualmente la extracción de datos relativos a un accidente, aportando muchas respuestas a las diferentes variables que intervienen en el mismo. Los datos por sí solos no son suficientes, siendo necesaria una correcta interpretación de los mismos, junto al resto de datos objetivos disponibles, para obtener la completa reconstrucción del siniestro.

Esta extracción de datos ya lleva siendo realizada por Centro Zaragoza a través de diferentes métodos desde hace varios años, dado que son varios los fabricantes que aportan dichos datos y su posibilidad de lectura desde hace tiempo, mucho antes de la prevista entrada en vigor del nuevo reglamento que lo haga obligatorio.

Los registradores de datos son una muy valiosa herramienta para la investigación que permite monitorizar o validar las nuevas tecnologías de seguridad, establecer límites a la tolerancia humana y registrar velocidades a la que tienen lugar las colisiones. El uso cada vez mayor de los sistemas inteligentes dificulta la evaluación de dichos sistemas en caso de accidente ya que es necesario disponer de datos sobre su funcionamiento. Con la instalación de los EDR en los nuevos vehículos se dispondrá de la información necesaria para analizar la eficacia de diferentes sistemas de seguridad.