Nuevo etiquetado para vehículos eléctricos y puntos de recarga

21 de julio de 2021

Desde el pasado 20 de marzo existe un nuevo etiquetado para vehículos eléctricos y puntos de carga, con el objetivo de facilitar a los consumidores la identificación de la opción de recarga adecuada para cada vehículo.

El objeto del nuevo etiquetado de los vehículos eléctricos es ayudar al consumidor a entender, de manera más intuitiva, el tipo de conectores y de sistemas de recarga que deben utilizar, para ello la Unión Europea ha establecido una serie de requisitos de etiquetado que, tanto los vehículos de nueva fabricación, como las estaciones de recarga de acceso público, deberán cumplir.

Desde el 20 de marzo existe un nuevo conjunto armonizado de etiquetas que ayudarán a reconocer las opciones de recarga, compatibles para los vehículos eléctrico. Estas nuevas etiquetas se han implantado en los 27 estados miembros de la Unión Europea, en los países del Espacio Económico Europeo (EEE): Islandia, Liechtenstein y Noruega; y en Macedonia, Serbia, Suiza y Turquía. Reino Unido no ha aclarado cómo adaptará la normativa, pero tanto sus enchufes como sus puntos de recarga tendrán que estar también etiquetados.

Estos nuevos requisitos responden a lo establecido en el marco de la Directiva de la Unión Europea relativa a la implantación de la infraestructura para los combustibles alternativos (Directiva 2014/97/CE) y en las especificaciones establecidas en la norma UNE-EN 17186:2019 sobre “Identificación de compatibilidad de vehículos e infraestructuras. Expresión gráfica para información al consumidor sobre la fuente de alimentación EV”.

Esquema en el que se indica la ubicación de las etiquetas, tanto en el lado de la estación de recarga como en el lado del vehículo.

Estas etiquetas son una herramienta visual que ayuda al consumidor a seleccionar la opción de carga para su vehículo. Cuando se vaya a recargar el vehículo el consumidor deberá identificar las etiquetas y simplemente deberá hacer coincidir la etiqueta que aparezca en su vehículo con la etiqueta correspondiente en la estación de carga.

No habrá etiquetas en los puntos de carga privada ya que la norma europea solamente afecta a los cargadores de uso público.

Para el caso de vehículos eléctricos, dichas etiquetas tienen forma de hexágono regular horizontal. El tipo de interfaz eléctrica, es decir, el tipo de enchufe, está clasificada por un símbolo, dicho símbolo consiste en una letra en tipo normal “Latin script”. El diseño de estas etiquetas es diferente según se ubique en el vehículo o en el punto de carga:

  • Símbolo blanco/plateado sobre un fondo negro para el conector del vehículo y la toma de entrada.
  • Símbolo negro sobre fondo blanco/plateado y línea exterior negra para las etiquetas de los enchufes y las tomas de corriente.

Con respecto a los códigos de letras que aparecen en el interior del hexágono, son diferentes en función de si se trata de carga por corriente alterna (CA) o corriente continua (CC).

Para la corriente alterna, los identificadores son B, C, D y E. La siguiente tabla obtenida de la norma UNE EN 17186:2019 explica su significado:

Identificadores de carga con corriente alterna.
Identificadores de carga con corriente continua.

Para la corriente continua, los identificadores son K, L, M, N y O:

El nuevo etiquetado tiene como objeto informar al usuario del vehículo sobre la compatibilidad de la fuente de alimentación del punto de recarga y del vehículo, con el identificador obligatorio en forma de hexágono que identificará el tipo de conector. Opcionalmente a la etiqueta se pueden añadir otros datos adicionales como son: el tipo de corriente (alterna o continua), la potencia máxima de carga expresada en kW o el nombre de la estación de recarga, entre otros.

En la siguiente imagen se muestra la parte obligatoria que es el identificador (símbolo en forma de hexágono) y la información opcional de la etiqueta:

¿Qué vehículos se ven afectados por este requisito de etiquetado?

La legislación europea exige las etiquetas solo para el caso de los nuevos vehículos eléctricos recargables (por ejemplo, los vehículos eléctricos de baterías y los vehículos híbridos enchufables) comercializados por primera vez o matriculados a partir del 20 de marzo de 2021. Los fabricantes no recomiendan colocar las etiquetas en vehículos más antiguos.
Las categorías de vehículos que deben llevarlo son:

  • Ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos
  • Turismos
  • Vehículos comerciales ligeros
  • Vehículos comerciales pesados
  • Autobuses y Aetas ens

¿Dónde aparecerán las etiquetas?

Las etiquetas figurarán en distintos sitios que se detallan a continuación:

  • En los vehículos de nueva fabricación (a partir del 20 de marzo de 2021), cerca de la ubicación de carga de cada vehículo y en cada enchufe de carga.
  • En cables de carga separados.
  • En el manual de propietario o en el manual electrónico del vehículo.
  • En las estaciones de recarga de coches eléctricos EV, al lado de la toma de corriente o de la ubicación de almacenaje del cable conector de vehículo.

En el caso de que la estación de recarga disponga de opción de pago con selección de terminal separado del propio punto de carga, la etiqueta deberá estar cerca como parte del dispositivo se selección.

En el caso de la estación de carga del VE la etiqueta debe de estar en un lugar adyacente a la base o a la ubicación de almacenaje de los conectores del vehículo.

Ya que en el caso de los vehículos eléctricos el cable de alimentación tiene dos extremos diferenciados, a diferencia de una manguera de combustible fósil, se debe colocar la etiqueta tanto de la clavija (parte que se enchufa al punto de carga) en este caso será una etiqueta con letra blanca sobre un hexágono de fondo negro, como en el conector que es la parte que se conecta al vehículo, que será una etiqueta con letra negra sobre un hexágono de fondo blanco.

En al caso de vehículo eléctrico, la etiqueta se debe colocar cerca de la entrada de alimentación de dicho vehículo. Dichas etiquetas también deberán aparecer en los manuales del vehículo, donde se debe proporcionar la tabla de correspondencias entre identificadores e información sobre las normas europeas. Además, la norma establece que la etiqueta tanto del vehículo como de la estación de carga del VE y el cable deben tener una vida útil de 10 años.

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