Revista técnica de Centro Zaragoza nº106
r e v i s ta t é c n i c a c z — n º 1 0 6 41 D urante años, la movilidad ha sido un as - pecto secundario en la gestión empre- sarial. La nueva Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible de 3 de diciembre, publicada en el BOE el 4 de diciembre de 2025 y en vigor desde el día 5 de diciembre, nace con una idea sencilla pero poderosa: no podemos seguir mo- viéndonos igual si queremos ciudades más seguras, saludables y eficientes, introduciendo un marco nor - mativo integral para promover la movilidad sostenible en España y situando la movilidad como un derecho ciudadano como parte de una estrategia estatal hacia un transporte sostenible, accesible, inclusivo y soste - nible. Reducir emisiones, mejorar la calidad del aire y disminuir los accidentes de tráfico son objetivos que ya no dependen solo de las administraciones públi - cas o de las personas conductoras, sino también de las organizaciones. Por primera vez, la movilidad se incorpora de forma explícita a los instrumentos de planificación que afectan a empresas y grandes cen - tros de actividad. Los objetivos de la Ley de Movilidad Sostenible son, garantizar que ciudadanos y entidades dispongan de un sistema de movilidad sostenible, justo e inclusi - vo; impulsar la cohesión social y territorial; favorecer el desarrollo económico resiliente; reducir emisiones contaminantes y avanzar hacia la neutralidad climá- tica en 2050 y mejorar la calidad del aire y la salud pública. En este nuevo enfoque, la movilidad diaria al traba - jo se reconoce como un factor clave. No solo por su impacto ambiental, sino porque los accidentes de tráfico siguen siendo una de las principales causas de accidentes laborales, especialmente en los des - plazamientos in itinere . Las empresas dejan de tratar la movilidad como un problema puntual y la analizan, planifican y hacen seguimiento de las medidas im - plantadas, deja de tratarse como una cuestión logísti - ca y se convierte en una variable estratégica. Las empresas influyen, muchas veces sin ser cons - cientes, en cómo se desplaza su personal. La nueva ley entiende esta realidad y sitúa a las organizaciones como agentes activos del cambio . Esto supone integrar la movilidad en ámbitos ya co- nocidos por las empresas: la prevención de riesgos laborales , las políticas de sostenibilidad y medio am- biente , la responsabilidad social corporativa y la efi - ciencia y la productividad. MO B I L I D A D En este sentido, la norma conecta la forma natural de movilidad con estándares internacionales como la ISO 39001 , que promueve un enfoque sistemático para reducir las muertes y lesiones graves derivadas de los accidentes de tráfico relacionados con la acti - vidad laboral. PLAN DE MOVILIDAD AL TRABAJO: MUCHO MÁS QUE UN TRÁMITE Uno de los elementos centrales de la ley es el Plan de Movilidad al Trabajo, que deja de ser una reco - mendación para convertirse, en muchos casos, en una obligación. Pero más allá del cumplimiento legal, este plan es una herramienta práctica para mejorar la for- ma en la que las personas llegan cada día a su puesto de trabajo. La nueva normativa establece que las empresas con centros de trabajo de cierto tamaño deberán dar un paso al frente en materia de movilidad. En concreto, aquellas que cuenten con más de 200 personas tra- bajadoras, o más de 100 por turno, estarán obligadas a implantar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo en un plazo máximo de 24 meses. Estos planes no se diseñan de forma unilateral. La ley exige que se negocien con la representación legal de la plantilla y que incluyan medidas prácticas para cambiar la forma en la que las personas se despla- zan cada día: más transporte colectivo, impulso de la movilidad activa como caminar o ir en bicicleta, reducción de emisiones, fomento del teletrabajo, ins - talación de puntos de recarga para vehículos eléc- tricos y, muy especialmente, acciones específicas de seguridad vial. La obligación no se limita a las empresas individuales. Los grandes centros de actividad, como son los par - ques empresariales, centros logísticos, hospitales o grandes superficies comerciales, deberán contar tam - bién con su propio plan de movilidad sostenible, que deberá revisarse al menos cada cinco años. Además, la ley introduce una figura clave: el gestor de movili - dad, responsable de coordinar, hacer seguimiento y mejorar las medidas implantadas. Estos planes de movilidad constituyen una herra- mienta imprescindible para avanzar en el impulso de la movilidad sostenible en los viajes de ida y vuelta al trabajo. Las empresas podrán optar por distintas alternativas para potenciar la movilidad activa, eléc - trica, compartida o el transporte colectivo.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzQzNzQ=