Revista técnica de Centro Zaragoza nº104
28 VERI*FACTU: ¿EN QUÉ CONSISTE ESTA NUEVA EXIGENCIA? VERI*FACTU no es una aplicación concreta, sino un conjunto de requisitos técnicos y operativos que de- ben incorporar los sistemas de facturación de las empresas para alinearse con los principios de la Ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal. El objetivo es evitar cualquier manipulación posterior de las factu- ras, asegurando su autenticidad y trazabilidad desde el momento de su emisión. En términos prácticos, los softwares que integren la funcionalidad VERI*FACTU deben ser capaces de: ↘ Generar registros electrónicos estructurados y no modificables. ↘ Registrar cada operación realizada sobre las factu- ras (log de eventos). ↘ Ofrecer la posibilidad de remitir voluntariamente esa información en tiempo real a la Agencia Tri- butaria. ↘ Incorporar en la factura un código QR y un texto que permita su verificación por el receptor. L a Agencia Tributaria continúa impulsando su estrategia de digitalización y control fiscal mediante nuevas herramientas normativas. Entre ellas destaca VERI*FACTU, un están- dar de facturación electrónica que marcará un antes y un después en la forma de emitir y ges- tionar facturas en múltiples sectores, incluidos los talleres de reparación de automóviles. Entender su alcance y anticiparse a su implementación es crucial para evitar incidencias y garantizar el cumplimiento normativo. Una transformación fiscal que también alcanza a los talleres. Todo lo que necesitas saber sobre la nueva normativa de facturación electrónica obligatoria Sergio Gaspar D I G I TA L I Z A C I Ó N ¿Está preparado tu taller para VERI*FACTU? FA C T U R A C I Ó N E L E C T R Ó N I C A CALENDARIO OFICIAL DE APLICACIÓN DE VERI*FACTU Según el Real Decreto 254/2025, publicado el 1 de abril, la implementación se realizará en dos fases: 1 JULIO 2026 Fecha límite autónomos y otras empresas no inclui- das en la primera fase. Este calendario brinda cierto margen para realizar los ajustes técnicos necesarios, pero se recomienda no dejarlo para última hora. 1 ENERO 2026 Entrada en vigor para las entidades sujetas al Im- puesto sobre Sociedades.
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