Revista técnica de Centro Zaragoza nº102
42 nicos comunes con respecto a los conectores y protocolos de co- municación, como el Combo CCS tipo 2, con el objeto de asegurar que todos los vehículos eléctricos puedan utilizar cualquier punto de recarga. Estos puntos de recarga deben disponer de interoperabilidad de pago y acceso, es decir, los usua- rios deben tener acceso sin nece- sidad de suscripción a un operador en particular. Esto implica la obli- gatoriedad de disponer de opcio- nes de pago ad hoc. Para cumplir los objetivos, todos los nuevos cargadores instalados a partir de mediados del presente año deben estar equipados, obli- gatoriamente, con al menos uno de los siguientes: lectores para poder pagar la recarga con tarje- ta de débito o de crédito; disposi- tivos con tecnología sin contacto que, como mínimo, puedan leer tarjetas de pago; y en el caso de puntos de recarga de acceso pú- blico con una potencia disponible inferior a 50 kW, dispositivos que utilicen una conexión a internet y permitan realizar operaciones de pago seguras, como, por ejemplo, las que generan un código de res- puesta rápida específico. Las ins- talaciones ya existentes tendrán un plazo de casi tres años, hasta el 1 de enero de 2027, para poder Objetivo de AFIR: ampliar el despliegue de estaciones de recarga y repostaje de combustibles alternativos en toda Europa, destinados a vehículos de carretera, trenes, buques y aeronaves estacionadas. EL REGLAMENTO AFIR ESTABLECE OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE IMPLAN- TACIÓN QUE DEBEN CUMPLIRSE EN 2025 O EN 2030 ↘ A partir de 2025, deben instalarse esta- ciones de recarga rápida de al menos 150 kW para turismos y furgonetas cada 60 km en los principales corredores de trasporte de la UE, la denominada red transeuropea de transporte (RTE-T). ↘ Las estaciones de recarga para vehículos pesados con una potencia disponible mí- nima de 350 kW deben implantarse cada 60 km en la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T más amplia a partir de 2025, y la red deberá tener una cobertura completa para 2030. ↘ Las estaciones de repostaje de hidrógeno que presten servicio tanto a automóviles como a furgonetas deben implantarse a partir de 2030 en todos los nodos urbanos y cada 200 km en la red básica de la RTE-T. ↘ Los puertos marítimos que acojan un número mínimo de grandes buques de pasaje o buques portacontenedo- res deberán suministrar electricidad, en puerto, a dichos buques de aquí a 2030. ↘ Los aeropuertos deben suministrar electricidad a las aeronaves estacio- nadas de aquí a 2025 en todas las puertas, y de aquí a 2030 en todos los puestos de estacionamiento remotos. ↘ Los usuarios de vehículos eléctricos o de hidrógeno deben poder pagar fácilmente en los puntos de recarga o repostaje con tarjetas de pago o dispositivos sin contac- to, sin necesidad de suscripción, y los pre- cios deben ser totalmente transparentes. ↘ Los operadores de los puntos de recarga o repostaje deben proporcionar a los con- sumidores información completa a través de medios electrónicos sobre la disponi- bilidad, el tiempo de espera o el precio en diferentes estaciones.
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